jueves, 4 de febrero de 2010

Ley de Reparación

El 26 de noviembre pasado quedó integrada la Comisión Especial de reconocimiento de la actuación ilegítima del Estado entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985 y reparación de las víctimas, creada por la Ley nº 18.596.

Dicha Comisión recibirá por escrito (ver formulario) las solicitudes de reparación, acompañadas de la documentación que corresponda, en la sede del MEC -Reconquista 535., piso 8, de lunes a jueves, de 10 a 12 hs. y de 14:30 a 17:30 hs.

Tenga en cuenta

  • Las solicitudes deben presentarse en forma individual.
  • Cada persona solicitante presenta un formulario, aun aquellos que funden la solicitud en un mismo hecho o causa o sean causahabientes de una misma víctima.
  • Es obligatorio completar aquellos ítems que se relacionan con el o los tipos de reparación que se solicita.
  • Es obligatorio responder los ítems 5; 5.1; 5.2 del formulario de solicitud.
El horario de atención telefónica será de 9 a 16 hs. de lunes a viernes.
Por más información: subsecretaria@mec.gub.uy.
Tel.: 915.29.63 / 916.49.95 / 915.52.82

Acceso al texto de la ley y formulario
http://www.mec.gub.uy/reparacion/index.htm

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